Afortunadamente la doctrina jurídica, los medios (hasta los de coba) y la opinión pública impugnaron el decreto, que como elástico que es vuelve al lugar de donde nunca tendría que haber salido.
Pensé que esto era letra muerta, pero por el momento sigue más o menos vigente:
Artículo 19- Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe.
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