hey hey heeeeey
*** halloween *** (pronunciar jalouín)
Por fuerza de la mundialización, tradiciones heredadas de esta antiquísima fiesta de origen celta se están extendiendo tan rápidamente en los países hispanohablantesque tal vez valga la pena echar una ojeada a su origen, por más que *halloween* no sea una palabra de nuestro idioma.
En la Antigüedad, en Bretaña, Escocia e Irlanda, se festejaba la fiesta de Samhain el 31 de octubre, último día del año en los antiguos calendarios celtas y anglosajones. En esas ocasiones, se encendían grandes hogueras en lo alto de las colinas para ahuyentar a los malos espíritus y se creía que las almas de los muertos visitaban sus antiguas casas, acompañadas de brujas y espíritus.
Con la llegada del cristianismo, se estableció el primero de noviembre como Día de Todos los Santos y el 31 de octubre pasó a llamarse en inglés *All Saints' eve* (víspera del Día de Todos los Santos) o también *all Hallows' eve*, de donde derivó *halloween*. *Hallow* es palabra del inglés antiguo que significa 'santo' o 'sagrado' y que, como el moderno vocablo *holy* proviene del germánico *khailag*.
Muchas de las tradiciones de *halloween* se convirtieron en juegos infantiles que los inmigrantes irlandeses llevaron en el siglo XIX a los Estados Unidos y desde
allí se han extendido en las últimas décadas por el mundo hispánico.
lunes, octubre 31, 2005
domingo, octubre 30, 2005
Soy un bonobo
Provocativa tesis: la cultura marcha a una velocidad y la evolución genética a otra. La diferencia entre ambas encamina la explicación de algunos comportamientos.
Investigación económica: La economía que hemos heredado de los monos
El cerebro humano aún no se adaptó a la vida moderna, según afirma un estudio
Acostumbrados como estamos a centrar nuestra atención en la coyuntura, en el último dato de inflación o de crecimiento del PBI, no está mal de tanto en tanto tomar una perspectiva a más largo plazo. ¿Qué tal 10.000 o un millón de años?
Es la perspectiva que toman los economistas que buscan encontrar algunas claves respecto al desempeño humano en la psicología evolutiva; tal el caso de Benito Arruñada, de la Universidad Pompeu Fabra en Barcelona.
El punto central es que nuestra mente es el resultado de un proceso de evolución natural que ha tomado miles de años. Quiere decir que aún hoy nos manejamos con una estructura cerebral desarrollada en los miles de años de vida basada en la recolección y la caza del Pleistoceno (1,8 millones de años a 10.000 AC). En ese período el futuro ser humano desarrolló su inteligencia, una ventaja comparativa esencial respecto de las otras especies: es lo que nos permitió cazar animales que no podían ser cazados por ningún otro predador (mamuts, elefantes). Pero en los últimos 10.000 años nuestra inteligencia nos ha permitido cambiar nuestro entorno mucho más rápido de lo que nuestra mente puede hacerlo, ya que el proceso de selección natural es muy lento. En síntesis, tendríamos un cerebro desarrollado para actuar en pequeñas tribus nómadas, con poca interacción fuera del grupo.
Algunos de nuestros adquiridos "instintos" estarían mal adaptados a las actuales circunstancias. Arruñada pone como ejemplo el de comer, desarrollado en momentos en que la inseguridad por las fuentes de alimento aconsejaba generar reservas en la medida de lo posible. Hoy ese instinto demandaría de nosotros una fuerte dosis de autocontrol porque tendemos a comer mucho.
Otro instinto sería la aversión al riesgo, desarrollada en tiempos en que la vida era mucho más riesgosa que ahora. Esto explicaría la asimétrica aversión por las pérdidas que se observa en ciertos experimentos. Un entorno menos riesgoso nos permitiría posponer ciertas gratificaciones, pero nuestra innata aversión al riesgo nos impulsa a satisfacerlas cuanto antes (¿explicará esto también la atracción del keynesianismo, con su énfasis en el consumo?). En términos económicos, entonces, la tasa de descuento sería más alta de lo que podría ser.
Sin embargo, no todo es negativo para la economía; también hemos desarrollado mecanismos de cooperación, aunque se basan en grupos pequeños, como la familia, y no se extienden al ámbito más extenso de las relaciones de mercado. Esa cooperación trata de ser copiada cuando en una empresa se afirma "somos como una familia", pero tiene la contrapartida de permitir el nepotismo.
Pero los instintos cooperativos van más allá de la familia. Aun extraños pueden cooperar porque hay ciertos mecanismos que nos permiten detectar si es posible esperar reciprocidad de la otra parte. Por ejemplo, la mentira todavía puede hacer poner colorado a quien la dice; es algo que racionalmente no puede evitar. De allí que pese a todas las comunicaciones que hoy tenemos, nada reemplace al sentarse frente al potencial socio para verlo cara a cara.
Estos instintos de cooperación son poderosos, pero limitados. Arruñada sostiene que debido a ello el ser humano ha desarrollado "instituciones" que le permiten cooperar con extraños o ajenos a la tribu, para lo cual nuestra naturaleza no está bien provista. Esas "instituciones" incluirían códigos morales, el respeto a los derechos de propiedad, el cumplimiento de los contratos. Estas "instituciones" habrían sido también el fruto de largos procesos evolutivos y de selección. De la misma forma que alguna vez "descubrimos" la rueda, habríamos tenido la suerte de descubrir la moral y el derecho, aunque a veces parezca que en tales áreas evolucionamos para atrás.
Por Martín Krause
Para LA NACION
El autor es rector de la Escuela Superior de Economía y Administración de Empresa
Link corto: http://www.lanacion.com.ar/751888
Investigación económica: La economía que hemos heredado de los monos
El cerebro humano aún no se adaptó a la vida moderna, según afirma un estudio
Acostumbrados como estamos a centrar nuestra atención en la coyuntura, en el último dato de inflación o de crecimiento del PBI, no está mal de tanto en tanto tomar una perspectiva a más largo plazo. ¿Qué tal 10.000 o un millón de años?
Es la perspectiva que toman los economistas que buscan encontrar algunas claves respecto al desempeño humano en la psicología evolutiva; tal el caso de Benito Arruñada, de la Universidad Pompeu Fabra en Barcelona.
El punto central es que nuestra mente es el resultado de un proceso de evolución natural que ha tomado miles de años. Quiere decir que aún hoy nos manejamos con una estructura cerebral desarrollada en los miles de años de vida basada en la recolección y la caza del Pleistoceno (1,8 millones de años a 10.000 AC). En ese período el futuro ser humano desarrolló su inteligencia, una ventaja comparativa esencial respecto de las otras especies: es lo que nos permitió cazar animales que no podían ser cazados por ningún otro predador (mamuts, elefantes). Pero en los últimos 10.000 años nuestra inteligencia nos ha permitido cambiar nuestro entorno mucho más rápido de lo que nuestra mente puede hacerlo, ya que el proceso de selección natural es muy lento. En síntesis, tendríamos un cerebro desarrollado para actuar en pequeñas tribus nómadas, con poca interacción fuera del grupo.
Algunos de nuestros adquiridos "instintos" estarían mal adaptados a las actuales circunstancias. Arruñada pone como ejemplo el de comer, desarrollado en momentos en que la inseguridad por las fuentes de alimento aconsejaba generar reservas en la medida de lo posible. Hoy ese instinto demandaría de nosotros una fuerte dosis de autocontrol porque tendemos a comer mucho.
Otro instinto sería la aversión al riesgo, desarrollada en tiempos en que la vida era mucho más riesgosa que ahora. Esto explicaría la asimétrica aversión por las pérdidas que se observa en ciertos experimentos. Un entorno menos riesgoso nos permitiría posponer ciertas gratificaciones, pero nuestra innata aversión al riesgo nos impulsa a satisfacerlas cuanto antes (¿explicará esto también la atracción del keynesianismo, con su énfasis en el consumo?). En términos económicos, entonces, la tasa de descuento sería más alta de lo que podría ser.
Sin embargo, no todo es negativo para la economía; también hemos desarrollado mecanismos de cooperación, aunque se basan en grupos pequeños, como la familia, y no se extienden al ámbito más extenso de las relaciones de mercado. Esa cooperación trata de ser copiada cuando en una empresa se afirma "somos como una familia", pero tiene la contrapartida de permitir el nepotismo.
Pero los instintos cooperativos van más allá de la familia. Aun extraños pueden cooperar porque hay ciertos mecanismos que nos permiten detectar si es posible esperar reciprocidad de la otra parte. Por ejemplo, la mentira todavía puede hacer poner colorado a quien la dice; es algo que racionalmente no puede evitar. De allí que pese a todas las comunicaciones que hoy tenemos, nada reemplace al sentarse frente al potencial socio para verlo cara a cara.
Estos instintos de cooperación son poderosos, pero limitados. Arruñada sostiene que debido a ello el ser humano ha desarrollado "instituciones" que le permiten cooperar con extraños o ajenos a la tribu, para lo cual nuestra naturaleza no está bien provista. Esas "instituciones" incluirían códigos morales, el respeto a los derechos de propiedad, el cumplimiento de los contratos. Estas "instituciones" habrían sido también el fruto de largos procesos evolutivos y de selección. De la misma forma que alguna vez "descubrimos" la rueda, habríamos tenido la suerte de descubrir la moral y el derecho, aunque a veces parezca que en tales áreas evolucionamos para atrás.
Por Martín Krause
Para LA NACION
El autor es rector de la Escuela Superior de Economía y Administración de Empresa
Link corto: http://www.lanacion.com.ar/751888
Helenói aeróhobike
Me encantan las palabras de origen griego.
*** gimnasia ***
En la antigua lengua griega, *gymnós* significaba 'desnudo'. Los atletas competían completamente desnudos, como podemos apreciar en las esculturas de Praxíteles. La "indumentaria" era la misma de los alumnos y docentes de algunas escuelas de filosofía, como la de los *gimnosofistas*, así llamados porque acudían a clase sin ropa.
Por esa razón, la palabra *gymnasion* se aplicó tanto al sitio usado para la práctica de ejercicios físicos como a algunos lugares de enseñanza.
*** gimnasia ***
En la antigua lengua griega, *gymnós* significaba 'desnudo'. Los atletas competían completamente desnudos, como podemos apreciar en las esculturas de Praxíteles. La "indumentaria" era la misma de los alumnos y docentes de algunas escuelas de filosofía, como la de los *gimnosofistas*, así llamados porque acudían a clase sin ropa.
Por esa razón, la palabra *gymnasion* se aplicó tanto al sitio usado para la práctica de ejercicios físicos como a algunos lugares de enseñanza.
sábado, octubre 29, 2005
Pastito
**Como se diferencian las distintas universidades segun sus letreros sobre el cuidado del cesped**
Universidad de Belgrano: Ay, gordi, porfa no pises el pasto, ¿tsí?
Universidad de San Andrés: Favor de no aterrizar sus jets privados sobre el césped
Universidad Católica Argentina: No pisen el césped, por el amor de Dios
UADE: Si encuentran pasto, avisen, así construimos ahí otro edificio.
ORT: Por favor, no pisar pasto que despois se gaista!
UTN: Favor de no comerse el pasto
Universidad del Salvador: Si usted pisó el pasto, haga el favor de pagar en caja, gracias.
UBA - CBC: Favor de no robarse el pasto
UBA - Traductorado en Inglés: Keep off the grass
UBA - Derecho: No pisar el césped, Ley 8977, Ordenanza 13667
UBA - Psicología / Filosofía: No fumarse el pasto
Universidad de Belgrano: Ay, gordi, porfa no pises el pasto, ¿tsí?
Universidad de San Andrés: Favor de no aterrizar sus jets privados sobre el césped
Universidad Católica Argentina: No pisen el césped, por el amor de Dios
UADE: Si encuentran pasto, avisen, así construimos ahí otro edificio.
ORT: Por favor, no pisar pasto que despois se gaista!
UTN: Favor de no comerse el pasto
Universidad del Salvador: Si usted pisó el pasto, haga el favor de pagar en caja, gracias.
UBA - CBC: Favor de no robarse el pasto
UBA - Traductorado en Inglés: Keep off the grass
UBA - Derecho: No pisar el césped, Ley 8977, Ordenanza 13667
UBA - Psicología / Filosofía: No fumarse el pasto
viernes, octubre 28, 2005
´Nuff said
Probablemente uno de los licores más ricos
¿Cremoso? Me quedo corto. ¿Suave? Me quedo corto ¿Caro? También. ¿Rico? Fundamentalmente.
¿Cremoso? Me quedo corto. ¿Suave? Me quedo corto ¿Caro? También. ¿Rico? Fundamentalmente.
jueves, octubre 27, 2005
Actos jurídicos
Acá dejo un apunte propio de Civil I, transcripto de las clases de Diego López Olaciregui. Se los regalo con amor.
Actos jurídicos
Art.944.- Son actos jurídicos los actos voluntarios lícitos, que tengan por fin inmediato, establecer entre las personas relaciones jurídicas, crear, modificar, transferir, conservar o aniquilar derechos.
Sujeto
Se identifica con aquella persona, de la naturaleza que fuere, que concurre a la celebración del acto.
- Parte: es aquella persona a quien le alcanzan los efectos del acto
- Otorgante: es aquel que materialmente otorga el acto
Qué rol ocupa depende del modo de actuación del sujeto.
La parte puede actuar
- En ejercicio de sus propios derechos (en este caso coinciden parte y otorgante)
- En ejercicio de representación: en este caso no coinciden. La parte puede estar impedida de ejercer sus propios derechos. Quedan parte y representante.
Como puede haber un conflicto de intereses, en la donación la ley requiere una representación especial.
Tipos de representación
- Legal imperativa: impuesta por la ley; no hay elección de representación.
o Legal imperativa automática: basta que opere la concepción para que los progenitores comiencen la representación sin manifestación alguna.
o Legal imperativa necesaria: es la de las personas de existencia ideal. Como son una entelequia, no actúan sino por medio de sus representantes.
o Legal imperativa dativa: deviene de la designación que hace un juez de un representante especial. Cuando las representaciones legales automáticas fallecieron o resultan ser manifiestamente inidóneos (no tienen aptitud) o cuando surja una incompatibilidad de intereses entre representante y representado.
§ Total: cuando abarca a todos los actos del menor.
§ Parcial: cuando se refiere a uno o más actos específicos.
§ Permanente: cuando el límite temporal de extensión está dado por el cumplimiento del menor de 21 años.
§ Temporal: cuando la representación encuentra un límite de tiempo determinado o indeterminado.
- Voluntaria: aquel que pudiendo actuar en ejercicio de sus derechos, establece un contrato de mandato en el cual conviene ser representado por otra persona (Representación con mandato).
o Representación sin mandato: una persona actúa en representación de otra en calidad de gestor de negocios ajenos. Necesita siempre de la ratificación. Se traslada al Código procesal C y C, que permite ejecutar en calidad de gestor.
Objeto
Art.953.- El objeto de los actos jurídicos deben ser cosas que estén en el comercio, o que por un motivo especial no se hubiese prohibido que sean objeto de algún acto jurídico, o hechos que no sean imposibles, ilícitos, contrarios a las buenas costumbres o prohibidos por las leyes, o que se opongan a la libertad de las acciones o de la conciencia, o que perjudiquen los derechos de un tercero. Los actos jurídicos que no sean conformes a esta disposición, son nulos como si no tuviesen objeto.
Velez, siguiendo la principio de que todo lo que no está prohibido está permitido, establece qué objetos no son válidos.
- Tienen que ser cosas que estén en el comercio (susceptibles de ser enajenadas). No necesitan autorización especial.
- Cosas que no hayan sido prohibidas.
- Hechos imposibles, ni desde lo jurídico o lo físico
- Hechos ilícitos.
- Hechos contrarios a las buenas costumbres (2 posturas).
o Moral cristiana.
o Expresión mayoritaria de la sociedad.
- Que se opongan a la libertad de las acciones o de conciencia (ej: matrimonio arreglado).
- Que no perjudique a terceros (ej: fraude).
Causa
- Fuente: La que da motivo al acto que genera la obligación.
- Fin: Lo que se tuvo en miras en la celebración del acto.
Domat (doctrina clásica) entiende a la causa exclusivamente como el fin. La fuente no hace al hecho. En los contratos sinalagmáticos hay una contraprestación.
La causa de un acto jurídico gratuito es el animus donandi, la voluntad de donar. Hay que adicionar el motivo que llevó a ese animus donandi.
Los anticausalistas (Planiol) señalaron que la causa no es un elemento esencial del acto jurídico. Es imposible que haya dos causas simultáneamente. Además se confunde la causa con el objeto.
La jurisprudencia ha reconocido plenamente la causa.
Art.499.- No hay obligación sin causa, es decir, sin que sea derivada de uno de los hechos, o de uno de los actos lícitos o ilícitos, de las relaciones de familia, o de las relaciones civiles. (causa fuente)
Art.500.- Aunque la causa no esté expresada en la obligación, se presume que existe, mientras el deudor no pruebe lo contrario. (causa fin)
Art.501.- La obligación será válida aunque la causa expresada en ella sea falsa, si se funda en otra causa verdadera. (causa fin)
Art.502.- La obligación fundada en una causa ilícita, es de ningún efecto. La causa es ilícita, cuando es contraria a las leyes o al orden público. (causa fin)
En el derecho comercial, para un pagaré, la causa es el aseguro del cobro. El ejecutado no puede oponer ninguna excepción respecto de la causa. Eso no significa que la obligación carezca de causa.
Efecto
Los efectos de los actos jurídicos se dan entre las partes (principio general) aquellas que por sí o por representación celebran el acto jurídico. La parte no es el representante, sino por quién está actuando. Hay excepciones: contratos que tienen efectos respecto de terceros, como el seguro de vida (designa beneficiarios). Son terceros los que no forman parte del acto jurídico.
Los actos jurídicos se proponen modificar la realidad jurídica (944). Pueden tener distintas cualidades según sea el propósito.
Art.945.- Los actos jurídicos son positivos o negativos, según que sea necesaria la realización u omisión de un acto, para que un derecho comience o acabe.
- Efectos positivos: Se proponen establecer un derecho creándolo originalmente o reconocer un derecho preexistente poniéndolo de manifiesto frente a la comunidad.
o Constitutivo: es el originario a partir del principio de autonomía de la voluntad que se crea.
o Declarativo: necesita una manifestación de reconocimiento frente a la comunidad (ej: declaratoria de herederos).
- Efectos negativos: Son aquellos que producen la extinción de una relación jurídica sustancial preestablecida. Puede tener alcance
o Total: se extingue la relación
o Parcial: han quedado derechos remanentes (ej: locación y boleta).
- Efectos objetivos: aparecen frente a la comunidad; si bien comprenden a las partes y no afectan directamente a los demás, deben respetarlos.
- Efectos subjetivos: son los que operan exclusivamente sobre las partes del acto, entendiéndose por partes aquellas que contribuyeron a la generación del efecto a través del acto jurídico.
En determinados supuestos, esta oponibilidad a terceros requiere de publicidad. Será mayor en la medida que sea mayor el contenido del acto jurídico. Cuanto mayor sea el acto, el legislador lo rodea de mayores formalismos y exige mayores requisitos.
Los inmuebles se anotan en el registro de la propiedad y a partir de ese momento se hacen oponibles.
En el boleto de compraventa se lleva la seña (o arras). Quien incumple debe indemnizar con un 30%.
- Efectos con relación a sucesores universales
o Mortis cause: ocupan el mismo lugar que tenía que causante, con beneficio de inventario.
o Por actos entre vivos: con la limitación de que el donante reserve del patrimonio una parte del mismo o constituya un usufructo, con el propósito de que pueda subsistir.
- Efectos con relación a sucesores particulares: se refiere a aquellos cuyos efectos se transmiten respecto de Bienes determinados. Su efecto consiste en que en esa sucesión particular, o respecto de determinados bienes, la transmisión se dará en el mismo estado y con el mismo alcance del que era titular el transmitente. Respecto de todas las transmisiones se aplica el principio general nemo plus iuris por el cual nadie puede transmitir un derecho mejor ni más extenso del que tiene. Habitualmente esta doctrina es predicada desde los derechos reales, pero abarca también a los derechos personales.
Interpretación de los negocios
Por el 1137, nos está dado crear nuestra propia ley, con algunas limitaciones.
Interpretar un negocio es desentrañar la voluntad real de las partes, cuando ella no resulte clara de su manifestación o resulte contradictoria (en la redacción debe asignarse un párrafo a cada concepto y no ser reiterativo).
El CC posee una norma interpretativa. Se refiere a los contratos pero se puede extender a todos los actos jurídicos:
Art.1198.- Los contratos deben celebrarse, interpretarse y ejecutarse de buena fe y de acuerdo con lo que verosímilmente las partes entendieron o pudieron entender, obrando con cuidado y previsión.
La interpretación nos remonta a antes de la celebración del acto. La buena fe se aplica también a los actos preparatorios. La interpretación nos retrotrae a la voluntad real de las partes antes de la celebración. Qué es lo que las partes verdaderamente querían.
El código de comercio tiene más reglas interpretativas mediante el artículo 218
Las palabras cuando tengan más de una acepción o sentido, se interpreta en sentido vulgar.
Para la interpretación se aplican los usos y costumbres vigentes a la época de celebración de otros contratos.
Cuando se esté en duda en la validez de una cláusula, se opta por la validez.
Para la interpretación de los contratos deberá atenderse a la conducta de las partes posterior a la celebración. La doctrina comprende a los actos anteriores (doctrina de los actos propios).
Si la interpretación es tan dificultosa, la última regla es el favor debitoris. La interpretación será a favor del deudor, entendiéndose que la deuda no existe.
Los contratos por adhesión o con cláusulas predispuestas habitualmente se utilizan para la comercialización masiva de productos. El proponente redacta el contrato y el aceptante debe aceptarlo o rechazarlo. En los contratos de adhesión se interpreta a favor de la parte débil, y a su vez se va a morigerar la presunción de actuación con previsión, por ser escaso el margen de libertad. Adquiere enorme importancia la interpretación que hace el juez de oficio.
Actos jurídicos
Art.944.- Son actos jurídicos los actos voluntarios lícitos, que tengan por fin inmediato, establecer entre las personas relaciones jurídicas, crear, modificar, transferir, conservar o aniquilar derechos.
Sujeto
Se identifica con aquella persona, de la naturaleza que fuere, que concurre a la celebración del acto.
- Parte: es aquella persona a quien le alcanzan los efectos del acto
- Otorgante: es aquel que materialmente otorga el acto
Qué rol ocupa depende del modo de actuación del sujeto.
La parte puede actuar
- En ejercicio de sus propios derechos (en este caso coinciden parte y otorgante)
- En ejercicio de representación: en este caso no coinciden. La parte puede estar impedida de ejercer sus propios derechos. Quedan parte y representante.
Como puede haber un conflicto de intereses, en la donación la ley requiere una representación especial.
Tipos de representación
- Legal imperativa: impuesta por la ley; no hay elección de representación.
o Legal imperativa automática: basta que opere la concepción para que los progenitores comiencen la representación sin manifestación alguna.
o Legal imperativa necesaria: es la de las personas de existencia ideal. Como son una entelequia, no actúan sino por medio de sus representantes.
o Legal imperativa dativa: deviene de la designación que hace un juez de un representante especial. Cuando las representaciones legales automáticas fallecieron o resultan ser manifiestamente inidóneos (no tienen aptitud) o cuando surja una incompatibilidad de intereses entre representante y representado.
§ Total: cuando abarca a todos los actos del menor.
§ Parcial: cuando se refiere a uno o más actos específicos.
§ Permanente: cuando el límite temporal de extensión está dado por el cumplimiento del menor de 21 años.
§ Temporal: cuando la representación encuentra un límite de tiempo determinado o indeterminado.
- Voluntaria: aquel que pudiendo actuar en ejercicio de sus derechos, establece un contrato de mandato en el cual conviene ser representado por otra persona (Representación con mandato).
o Representación sin mandato: una persona actúa en representación de otra en calidad de gestor de negocios ajenos. Necesita siempre de la ratificación. Se traslada al Código procesal C y C, que permite ejecutar en calidad de gestor.
Objeto
Art.953.- El objeto de los actos jurídicos deben ser cosas que estén en el comercio, o que por un motivo especial no se hubiese prohibido que sean objeto de algún acto jurídico, o hechos que no sean imposibles, ilícitos, contrarios a las buenas costumbres o prohibidos por las leyes, o que se opongan a la libertad de las acciones o de la conciencia, o que perjudiquen los derechos de un tercero. Los actos jurídicos que no sean conformes a esta disposición, son nulos como si no tuviesen objeto.
Velez, siguiendo la principio de que todo lo que no está prohibido está permitido, establece qué objetos no son válidos.
- Tienen que ser cosas que estén en el comercio (susceptibles de ser enajenadas). No necesitan autorización especial.
- Cosas que no hayan sido prohibidas.
- Hechos imposibles, ni desde lo jurídico o lo físico
- Hechos ilícitos.
- Hechos contrarios a las buenas costumbres (2 posturas).
o Moral cristiana.
o Expresión mayoritaria de la sociedad.
- Que se opongan a la libertad de las acciones o de conciencia (ej: matrimonio arreglado).
- Que no perjudique a terceros (ej: fraude).
Causa
- Fuente: La que da motivo al acto que genera la obligación.
- Fin: Lo que se tuvo en miras en la celebración del acto.
Domat (doctrina clásica) entiende a la causa exclusivamente como el fin. La fuente no hace al hecho. En los contratos sinalagmáticos hay una contraprestación.
La causa de un acto jurídico gratuito es el animus donandi, la voluntad de donar. Hay que adicionar el motivo que llevó a ese animus donandi.
Los anticausalistas (Planiol) señalaron que la causa no es un elemento esencial del acto jurídico. Es imposible que haya dos causas simultáneamente. Además se confunde la causa con el objeto.
La jurisprudencia ha reconocido plenamente la causa.
Art.499.- No hay obligación sin causa, es decir, sin que sea derivada de uno de los hechos, o de uno de los actos lícitos o ilícitos, de las relaciones de familia, o de las relaciones civiles. (causa fuente)
Art.500.- Aunque la causa no esté expresada en la obligación, se presume que existe, mientras el deudor no pruebe lo contrario. (causa fin)
Art.501.- La obligación será válida aunque la causa expresada en ella sea falsa, si se funda en otra causa verdadera. (causa fin)
Art.502.- La obligación fundada en una causa ilícita, es de ningún efecto. La causa es ilícita, cuando es contraria a las leyes o al orden público. (causa fin)
En el derecho comercial, para un pagaré, la causa es el aseguro del cobro. El ejecutado no puede oponer ninguna excepción respecto de la causa. Eso no significa que la obligación carezca de causa.
Efecto
Los efectos de los actos jurídicos se dan entre las partes (principio general) aquellas que por sí o por representación celebran el acto jurídico. La parte no es el representante, sino por quién está actuando. Hay excepciones: contratos que tienen efectos respecto de terceros, como el seguro de vida (designa beneficiarios). Son terceros los que no forman parte del acto jurídico.
Los actos jurídicos se proponen modificar la realidad jurídica (944). Pueden tener distintas cualidades según sea el propósito.
Art.945.- Los actos jurídicos son positivos o negativos, según que sea necesaria la realización u omisión de un acto, para que un derecho comience o acabe.
- Efectos positivos: Se proponen establecer un derecho creándolo originalmente o reconocer un derecho preexistente poniéndolo de manifiesto frente a la comunidad.
o Constitutivo: es el originario a partir del principio de autonomía de la voluntad que se crea.
o Declarativo: necesita una manifestación de reconocimiento frente a la comunidad (ej: declaratoria de herederos).
- Efectos negativos: Son aquellos que producen la extinción de una relación jurídica sustancial preestablecida. Puede tener alcance
o Total: se extingue la relación
o Parcial: han quedado derechos remanentes (ej: locación y boleta).
- Efectos objetivos: aparecen frente a la comunidad; si bien comprenden a las partes y no afectan directamente a los demás, deben respetarlos.
- Efectos subjetivos: son los que operan exclusivamente sobre las partes del acto, entendiéndose por partes aquellas que contribuyeron a la generación del efecto a través del acto jurídico.
En determinados supuestos, esta oponibilidad a terceros requiere de publicidad. Será mayor en la medida que sea mayor el contenido del acto jurídico. Cuanto mayor sea el acto, el legislador lo rodea de mayores formalismos y exige mayores requisitos.
Los inmuebles se anotan en el registro de la propiedad y a partir de ese momento se hacen oponibles.
En el boleto de compraventa se lleva la seña (o arras). Quien incumple debe indemnizar con un 30%.
- Efectos con relación a sucesores universales
o Mortis cause: ocupan el mismo lugar que tenía que causante, con beneficio de inventario.
o Por actos entre vivos: con la limitación de que el donante reserve del patrimonio una parte del mismo o constituya un usufructo, con el propósito de que pueda subsistir.
- Efectos con relación a sucesores particulares: se refiere a aquellos cuyos efectos se transmiten respecto de Bienes determinados. Su efecto consiste en que en esa sucesión particular, o respecto de determinados bienes, la transmisión se dará en el mismo estado y con el mismo alcance del que era titular el transmitente. Respecto de todas las transmisiones se aplica el principio general nemo plus iuris por el cual nadie puede transmitir un derecho mejor ni más extenso del que tiene. Habitualmente esta doctrina es predicada desde los derechos reales, pero abarca también a los derechos personales.
Interpretación de los negocios
Por el 1137, nos está dado crear nuestra propia ley, con algunas limitaciones.
Interpretar un negocio es desentrañar la voluntad real de las partes, cuando ella no resulte clara de su manifestación o resulte contradictoria (en la redacción debe asignarse un párrafo a cada concepto y no ser reiterativo).
El CC posee una norma interpretativa. Se refiere a los contratos pero se puede extender a todos los actos jurídicos:
Art.1198.- Los contratos deben celebrarse, interpretarse y ejecutarse de buena fe y de acuerdo con lo que verosímilmente las partes entendieron o pudieron entender, obrando con cuidado y previsión.
La interpretación nos remonta a antes de la celebración del acto. La buena fe se aplica también a los actos preparatorios. La interpretación nos retrotrae a la voluntad real de las partes antes de la celebración. Qué es lo que las partes verdaderamente querían.
El código de comercio tiene más reglas interpretativas mediante el artículo 218
Las palabras cuando tengan más de una acepción o sentido, se interpreta en sentido vulgar.
Para la interpretación se aplican los usos y costumbres vigentes a la época de celebración de otros contratos.
Cuando se esté en duda en la validez de una cláusula, se opta por la validez.
Para la interpretación de los contratos deberá atenderse a la conducta de las partes posterior a la celebración. La doctrina comprende a los actos anteriores (doctrina de los actos propios).
Si la interpretación es tan dificultosa, la última regla es el favor debitoris. La interpretación será a favor del deudor, entendiéndose que la deuda no existe.
Los contratos por adhesión o con cláusulas predispuestas habitualmente se utilizan para la comercialización masiva de productos. El proponente redacta el contrato y el aceptante debe aceptarlo o rechazarlo. En los contratos de adhesión se interpreta a favor de la parte débil, y a su vez se va a morigerar la presunción de actuación con previsión, por ser escaso el margen de libertad. Adquiere enorme importancia la interpretación que hace el juez de oficio.
miércoles, octubre 26, 2005
Bután y Suiza
Notorio parecido entre Bután y Suiza.
Aunque con una superficie total semejante (~45,000km2), Suiza tiene 7,2 millones de habitantes, frente a los 2,2 de Bután, y su PBI es 10 veces mayor. Como históricamente no habrá sido muy tranquilo estar entre Francia y Alemania, no lo ha de ser estar entre China e India.
Aunque con una superficie total semejante (~45,000km2), Suiza tiene 7,2 millones de habitantes, frente a los 2,2 de Bután, y su PBI es 10 veces mayor. Como históricamente no habrá sido muy tranquilo estar entre Francia y Alemania, no lo ha de ser estar entre China e India.
viernes, octubre 21, 2005
Otra pausa
Se está haciendo mala costumbre esto de despedirme y regresar a los pocos días, pero por una cuestión de cortesía, y mas importante todavía, por ser época de exámenes, estoy yendo y viniendo, de suerte tal que lo anuncio sin resquemor. El martes tengo parcial de derecho penal así que me voy a abstraer de razonar o comentar sobre el proceso electivo.
En algún monento haré algunas notas acerca del llamado derecho penal liberal (conocido en los medios como garantismo), respecto al cual todavía no he tomado una postura, aunque debo reconocer la coherencia de su discurso. Por hacerlo, mi viejo ya se hizo la idea de que me lavaron la cabeza, que soy, en términos de Alberdi, un bárbaro ilustrado. Creo que adoptar una postura crítica frente al Estado no es algo muy ajeno a mi pensamiento tampoco, así que estoy viendo como lo compatibilizo.
En algún monento haré algunas notas acerca del llamado derecho penal liberal (conocido en los medios como garantismo), respecto al cual todavía no he tomado una postura, aunque debo reconocer la coherencia de su discurso. Por hacerlo, mi viejo ya se hizo la idea de que me lavaron la cabeza, que soy, en términos de Alberdi, un bárbaro ilustrado. Creo que adoptar una postura crítica frente al Estado no es algo muy ajeno a mi pensamiento tampoco, así que estoy viendo como lo compatibilizo.
jueves, octubre 20, 2005
oh yeah
Saqué 10 en Análisis económico. Viene bien para levantar un alicaído promedio general en torno al 6.
Ahora dejo una conversación de hoy con el amigo Whiscola
Ahora dejo una conversación de hoy con el amigo Whiscola
miércoles, octubre 19, 2005
El gordito
¿Alguien sabe adónde fue el gordito pelado que hace de panelista en el programa de Majul?. Era un gordito boludo y nadie va a extrañarlo. Ahora, su partida realmente no mejora el programa, viciado de origen.
lunes, octubre 17, 2005
La acción humana y la economía
Pongo algunas notas de mi apunte de análisis económico.
La escuela austríaca parte de la acción humana, propia de las ciencias sociales, donde los fenómenos son voluntarios. Estudia un objeto que la preexiste, al que descubre (y no inventa) para contemplar cómo funciona, no por qué. Esta última pregunta corresponderá al campo de la sicología, no de la economía. Como se basa en en el estudio de la asignación de recursos, debe concentrarse en la acción humana -como dijimos, voluntaria- y separarla de las reacciones -químicas, involuntarias- que hacen objeto del estudio de, por ejemplo, la escuela neoclásica.
Cuando actúa, el humano, decide voluntariamente, siempre que tenga consciencia, Hacer la digestión o crecer las uñas y el pelo no es una acción, es una reacción.
La economía, entonces, se basa sobre acciones deliberadas, sobre las cuales el hombre puede decidir.
La acción se produce como consecuencia de creer que se va a estar mejor, de lo contrario no hay acción. La canción de Diego Torres cobra aquí plena vigencia.
La acción produce un resultado, que en el balance psíquico (percepción) puede terminar como pérdida o ganancia. Toda acción siempre tiene un costo, pero evalúo si con ella estaré mejor, especulo. Se estará mejor de acuerdo a una escala de valores y preferencias. Es una lista que no tiene límite y varía en cada persona. Uno ordena las necesidades y ese orden puede variar de un momento a otro.
Cada uno tiene su propio proyecto de vida y lo más razonable es que él decida sobre aquél. Todos tienen un interés personal, hasta los que se vuelcan en otros o viven en total abnegación. Su proyecto y su interés personal es ese.
El interés personal, por ende, no equivale a egoísmo, que es apenas una categoría moral, sin importancia en el campo de la acción humana.
Las preferencias no tienen una explicación (¿Por qué me gusta el color azul? No lo sé), y sólo interesa saber que existen, que tienen distinto orden y que cambian.
Para que haya acción, deben ser diferentes los medios de los fines. Si el fin se trastoca con el medio, no hay posibilidad de procurarme los medios para alcanzarlo. Debe haber multiplicidad de medios.
La acción implica incertidumbre. Nunca se sabe a ciencia cierta si se conseguirá el resultado. Hasta que no la realice, no lo sabré.
El conocimiento siempre es imperfecto, como el hombre. Nadie puede saber con exactitud cuáles son las preferencias comunes a todos, por eso resulta inútil formular un rubro tal como la "canasta familiar". Las personas tienen intereses distintos.
Esta acción humana en filosofía es un axioma, una verdad autoevidente, que no necesita ser probada. El estudio de la acción humana se llama praxeología.
Las ciencias naturales usan el método hipotético-deductivo. En la acción humana, por las distintas valoraciones, incertidumbre, etc., se usa el axiomático-deductivo.
En síntesis, actuar implica:
-Querer estar mejor
-Tiene un costo
-Hay una lista de preferencias
-Hay un interés personal
-Transcurre en una secuencia temporal.
La escuela austríaca parte de la acción humana, propia de las ciencias sociales, donde los fenómenos son voluntarios. Estudia un objeto que la preexiste, al que descubre (y no inventa) para contemplar cómo funciona, no por qué. Esta última pregunta corresponderá al campo de la sicología, no de la economía. Como se basa en en el estudio de la asignación de recursos, debe concentrarse en la acción humana -como dijimos, voluntaria- y separarla de las reacciones -químicas, involuntarias- que hacen objeto del estudio de, por ejemplo, la escuela neoclásica.
Cuando actúa, el humano, decide voluntariamente, siempre que tenga consciencia, Hacer la digestión o crecer las uñas y el pelo no es una acción, es una reacción.
La economía, entonces, se basa sobre acciones deliberadas, sobre las cuales el hombre puede decidir.
La acción se produce como consecuencia de creer que se va a estar mejor, de lo contrario no hay acción. La canción de Diego Torres cobra aquí plena vigencia.
La acción produce un resultado, que en el balance psíquico (percepción) puede terminar como pérdida o ganancia. Toda acción siempre tiene un costo, pero evalúo si con ella estaré mejor, especulo. Se estará mejor de acuerdo a una escala de valores y preferencias. Es una lista que no tiene límite y varía en cada persona. Uno ordena las necesidades y ese orden puede variar de un momento a otro.
Cada uno tiene su propio proyecto de vida y lo más razonable es que él decida sobre aquél. Todos tienen un interés personal, hasta los que se vuelcan en otros o viven en total abnegación. Su proyecto y su interés personal es ese.
El interés personal, por ende, no equivale a egoísmo, que es apenas una categoría moral, sin importancia en el campo de la acción humana.
Las preferencias no tienen una explicación (¿Por qué me gusta el color azul? No lo sé), y sólo interesa saber que existen, que tienen distinto orden y que cambian.
Para que haya acción, deben ser diferentes los medios de los fines. Si el fin se trastoca con el medio, no hay posibilidad de procurarme los medios para alcanzarlo. Debe haber multiplicidad de medios.
La acción implica incertidumbre. Nunca se sabe a ciencia cierta si se conseguirá el resultado. Hasta que no la realice, no lo sabré.
El conocimiento siempre es imperfecto, como el hombre. Nadie puede saber con exactitud cuáles son las preferencias comunes a todos, por eso resulta inútil formular un rubro tal como la "canasta familiar". Las personas tienen intereses distintos.
Esta acción humana en filosofía es un axioma, una verdad autoevidente, que no necesita ser probada. El estudio de la acción humana se llama praxeología.
Las ciencias naturales usan el método hipotético-deductivo. En la acción humana, por las distintas valoraciones, incertidumbre, etc., se usa el axiomático-deductivo.
En síntesis, actuar implica:
-Querer estar mejor
-Tiene un costo
-Hay una lista de preferencias
-Hay un interés personal
-Transcurre en una secuencia temporal.
sábado, octubre 15, 2005
Calenfriamiento global
Este (visto vía panafreedom) dice que vamos hacia una nueva glaciación. Si, como en la película!. Es cool como explica el clima actual a partir de la convergencia de varios ciclos fuera del alcance del hombre. Vivimos una regressio, que por nuestra concepción lineal del tiempo no comprendemos.
jueves, octubre 13, 2005
Canto, grito, whisky
Hoy lo vi a Lerner con Ginzburg. Aquél decía que para los cantantes el whisky es bueno. Una pena que el canto no sea lo mío.
Eliminando
Con la ley seca de los camioneros, eliminamos las gaseosas.
*** eliminar ***
Esta antigua palabra de origen latino no parece haber llegado al español directamente desde la lengua de los césares sino, más probablemente, del francés, puesto que su primer registro en castellano data del siglo XIX, como en este texto de la **Historia del reinado de Carlos III en España*** (1843), de Antonio Ferrer del Río:
"Semejantes debates se deben eliminar de la historia. ¿A qué describir el encono con que se zahirieron ciegamente alumnos tan aventajados de las Musas, a tiempo de hallarse estimadas las letras y de poderse espaciar en ancho campo, donde para todos crecían laureles?"
Sin embargo, el vocablo *éliminer* ya era usado en francés por lo menos desde el siglo xv, mientras que *eliminate* está documentado en inglés desde el siglo XVII.
La palabra latina *eliminare* estaba formada por el prefijo e-, que da la idea de 'salir' y el sustantivo *limen, liminis* (umbral), o sea que inicialmente *eliminare* significó, tanto en latín como en inglés y francés, 'sacar hacia fuera' y sólo más tarde adquirió el sentido de 'excluir' que en español tuvo siempre.
*** eliminar ***
Esta antigua palabra de origen latino no parece haber llegado al español directamente desde la lengua de los césares sino, más probablemente, del francés, puesto que su primer registro en castellano data del siglo XIX, como en este texto de la **Historia del reinado de Carlos III en España*** (1843), de Antonio Ferrer del Río:
"Semejantes debates se deben eliminar de la historia. ¿A qué describir el encono con que se zahirieron ciegamente alumnos tan aventajados de las Musas, a tiempo de hallarse estimadas las letras y de poderse espaciar en ancho campo, donde para todos crecían laureles?"
Sin embargo, el vocablo *éliminer* ya era usado en francés por lo menos desde el siglo xv, mientras que *eliminate* está documentado en inglés desde el siglo XVII.
La palabra latina *eliminare* estaba formada por el prefijo e-, que da la idea de 'salir' y el sustantivo *limen, liminis* (umbral), o sea que inicialmente *eliminare* significó, tanto en latín como en inglés y francés, 'sacar hacia fuera' y sólo más tarde adquirió el sentido de 'excluir' que en español tuvo siempre.
martes, octubre 11, 2005
Pases cortitos
...y al pie.
- Ayer fui al show de Megadeth. Objetivamente fue muy bueno. Gran lista de temas, un Mustaine muy motivado y una producción escénica propia del DVD en que quedará todo plasmado. Subjetivamente, desde mi vivencia allá abajo, lo disfruté un tanto menos. La gente estaba muy excitada y disputaba cada centímetro con recelo. Los golpes, el amontonamiento, el calor, la sed, el chivo, la falta de aire, hacían las condiciones muy difíciles. Para colmo, al costado izquierdo donde yo estaba llegaba una mezcla muy mala de sonido, con el bajo practicamente tapando todo. Lo importante es que volvió Megadeth, y de acuerdo a lo prometido por Mustaine -y pese a sus 44 años- no será la última.
- Hoy a la mañana saqué el bidón de agua -vacío- al pasillo para que el sodero lo reemplace por otro -lleno-. No se si pasó el sodero, lo que si sé es que al cabo de unas horas, el bidón vacío seguía ahí y esta vez lo que ya no estaban eran los 10 pesos que puse debajo. Siendo la primera vez que me pasa, proyecto que, más que lastimar mi economía dineraria, afectará a mi economía acuífera. Será difícil que vuelva a poner un billete del lado afuera. Con los sistemas financieros sucede lo mismo, se basan en la confianza. Cuando corre la bola, no sólo se cae el crédito; se cae todo.
- Vi The Bounty, con Mel Gibson (joven) y Anthony Hopkins (con pelo). La tripulación, liderada por William Wallace, se amotina contra su capitan, Hannibal Lecter, por querer éste ahorrar tiempo navegando por el Cabo de Hornos, en lugar de escoger la ruta por el Índico. Digo yo, ¿por que no navegaban por el Estrecho de Magallanes, que es infinitamente más seguro que Hornos?. Por buscar soluciones complejas a problemas sencillos, el Dr. Hannibal Lecter quedó a la deriva en una chalupa, y William Wallace escondido en una isla no registrada por los cartógrafos ingleses.
- Después vi Bowling for Columbine. En wiki hay una buena síntesis de las críticas a la película. Creo que deja sin responder el por qué el gobierno podría tener armas (legalmente), los criminales también (fácticamente) y la gente común no. Mas allá de que esté garantizada por la segunda enmienda, me parece que la defensa, en muchas circunstancias, se legitima sola. Al respecto, es notable lo avanzado de nuestro derecho, cuando en el artículo 34, inciso 6 del Código penal, entiende como justificado a
6º. el que obrare en defensa propia o de sus derechos, siempre que concurrieren las siguientes circunstancias:
a) agresión ilegítima;
b) necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla
c) falta de provocación suficiente por parte del que se defiende.
Se entenderá que concurren estas circunstancias respecto de aquél que durante la noche rechazare el escalamiento o fractura de los cercados, paredes o entradas de su casa, o departamento habitado o de sus dependencias, cualquiera que sea el daño ocasionado al agresor. Igualmente respecto de aquél que encontrare a un extraño dentro de su hogar, siempre que haya resistencia.
domingo, octubre 09, 2005
viernes, octubre 07, 2005
Por ahora sigo
Saqué 6+ en obligaciones. Como con la mayoría de las notas de bajo vuelo, la sensación es dispar. Zafé, sí, pero tener que recurrir a este verbo le quita la gracia al esfuerzo. Ahora vienen los parciales de derecho penal (con Zaffaroni) y análisis económico (con Krause) y yo en la luna.
miércoles, octubre 05, 2005
3 contundentes
Cinco Judios que cambiaron la forma de ver el mundo
Moisés dijo : la Ley es TODO...
Jesús dijo : el Amor es TODO...
Marx dijo : el Capital es TODO...
Freud dijo : el Sexo es TODO...
... y vino Einstein y dijo: TODO es Relativo
-------------------------------------
El abogado y el granjero
Un abogado sale de la ciudad de cacería al campo y tiene la suerte de bajar un pato con el primer tiro.
La pena es que el pato cayó en un sembradío al otro lado de la cerca.
Ya se trepaba a la cerca cuando se le acerca un viejo granjero en su tractor.
-¿Qué esta haciendo?.... esta es mi tierra.
-Bueno, lo que pasa es que cacé un pato y cayó en su lote.
-Lo siento, pero no puede llevárselo -le dice el granjero.
-Soy uno de los mejores abogados. Le voy a hacer un pleito y me voy a quedar con toda su tierra si no me deja entrar a recoger a mi pato, amenaza el abogado.
-Aquí en el campo resolvemos las cosas de otra manera-le informa el viejo.
- A las patadas resolvemos las disputas. Aplicamos la Regla de las Tres Patadas.
-¿Y qué es la Regla de las Tres Patadas? -pregunta el abogado.
El viejo explica:
-Yo lo pateo tres veces, usted me patea tres veces, yo lo vuelvo a patear, y así hasta que alguien se dé por vencido.
El abogado vio que el granjero era viejo y sabiendo que él estaba en forma, aceptó las reglas.
-Está bien, empecemos -dijo el abogado.
El granjero se bajó del tractor y, sin más, con sus botas bien duras le dio una tremenda patada en la rodilla al abogado, y antes de que se doblara, le encajó otra en la entrepierna (huevos) y cuando el abogado se retorcía de
dolor, le encajó un tremendo patadón en el culo.
Al cabo de 5 minutos, el abogado con mucho esfuerzo se levantó y dijo:
-Ahora me toca a mí.
-No se moleste -le dije el viejo- Me doy por vencido. Vaya nomás y llévese el pato.
-------------------------------------
En el paraíso
Ayrton Senna llega al cielo y San Pedro le pregunta:
- ¿Cuál es su nombre, hijo mío?
- Ayrton Senna da Silva.
- ¡Ah! Ud. era corredor de F1, ¿cierto?
- Sí, el mismo.
- Ud. tenía una isla en Angra dos Reis, un yatecito, un helicóptero, una
lancha, una hacienda en Tauí y ganaba 1.200.000 dólares por carrera, ¿verdad?
- Así es.
- Y manejaba un Audi, un Honda NSX, y tenía una Ducati con su nombre, ¿correcto?
- Sí, señor.
- Y Ud. vivía en Mónaco, pero viajaba a Brasil cuando quería con su propio jet privado, ¿es así?
- Correcto.
- Y además, Ud. se volteó a Xuxa, a Adriana Galisteu y a unas cuantas
modelos más, ¿cierto?
- Sí. ¿Acaso eso puede comprometer mi entrada?
- No, no. Está bien, entre. Pero le adelanto que el Paraíso le va a parecer una mierda...
Moisés dijo : la Ley es TODO...
Jesús dijo : el Amor es TODO...
Marx dijo : el Capital es TODO...
Freud dijo : el Sexo es TODO...
... y vino Einstein y dijo: TODO es Relativo
-------------------------------------
El abogado y el granjero
Un abogado sale de la ciudad de cacería al campo y tiene la suerte de bajar un pato con el primer tiro.
La pena es que el pato cayó en un sembradío al otro lado de la cerca.
Ya se trepaba a la cerca cuando se le acerca un viejo granjero en su tractor.
-¿Qué esta haciendo?.... esta es mi tierra.
-Bueno, lo que pasa es que cacé un pato y cayó en su lote.
-Lo siento, pero no puede llevárselo -le dice el granjero.
-Soy uno de los mejores abogados. Le voy a hacer un pleito y me voy a quedar con toda su tierra si no me deja entrar a recoger a mi pato, amenaza el abogado.
-Aquí en el campo resolvemos las cosas de otra manera-le informa el viejo.
- A las patadas resolvemos las disputas. Aplicamos la Regla de las Tres Patadas.
-¿Y qué es la Regla de las Tres Patadas? -pregunta el abogado.
El viejo explica:
-Yo lo pateo tres veces, usted me patea tres veces, yo lo vuelvo a patear, y así hasta que alguien se dé por vencido.
El abogado vio que el granjero era viejo y sabiendo que él estaba en forma, aceptó las reglas.
-Está bien, empecemos -dijo el abogado.
El granjero se bajó del tractor y, sin más, con sus botas bien duras le dio una tremenda patada en la rodilla al abogado, y antes de que se doblara, le encajó otra en la entrepierna (huevos) y cuando el abogado se retorcía de
dolor, le encajó un tremendo patadón en el culo.
Al cabo de 5 minutos, el abogado con mucho esfuerzo se levantó y dijo:
-Ahora me toca a mí.
-No se moleste -le dije el viejo- Me doy por vencido. Vaya nomás y llévese el pato.
-------------------------------------
En el paraíso
Ayrton Senna llega al cielo y San Pedro le pregunta:
- ¿Cuál es su nombre, hijo mío?
- Ayrton Senna da Silva.
- ¡Ah! Ud. era corredor de F1, ¿cierto?
- Sí, el mismo.
- Ud. tenía una isla en Angra dos Reis, un yatecito, un helicóptero, una
lancha, una hacienda en Tauí y ganaba 1.200.000 dólares por carrera, ¿verdad?
- Así es.
- Y manejaba un Audi, un Honda NSX, y tenía una Ducati con su nombre, ¿correcto?
- Sí, señor.
- Y Ud. vivía en Mónaco, pero viajaba a Brasil cuando quería con su propio jet privado, ¿es así?
- Correcto.
- Y además, Ud. se volteó a Xuxa, a Adriana Galisteu y a unas cuantas
modelos más, ¿cierto?
- Sí. ¿Acaso eso puede comprometer mi entrada?
- No, no. Está bien, entre. Pero le adelanto que el Paraíso le va a parecer una mierda...
martes, octubre 04, 2005
Casilda no aguanta más
Un estanciero riquísimo, se casa con Casilda,
una muchacha muy pobre de su región.
Al poco tiempo le regala un auto 0 km, le da empleo en la estancia a toda la familia de ella,
en fin la vida les cambió radicalmente.
Todos estaban felices hasta que después de un año de casada...
Casilda reúne al padre y a la madre y les dice:
- No aguanto más!!!
Me quiero divorciar.
- Estás loca Casilda??
Tu marido es un hombre buenísimo....te quiere...te respeta
resolvió la vida de todos nosotros y ahora querés patear todo, ¿por qué?
- Pregunta el padre de Casilda.
Mirá papá....a él solamente le gusta tener sexo anal
no me puedo agachar que ahí el viene por atrás y...ñáaacate!!!.
Para que tengas una idea viejo
cuando me casé el agujerito de mi trasero parecía una moneda de 10 centavos
y ahora después de un año parece una moneda de 1 peso
- Y decime nena...
Por 90 guitas vas a hacer tanto quilombo?????????????????????????
una muchacha muy pobre de su región.
Al poco tiempo le regala un auto 0 km, le da empleo en la estancia a toda la familia de ella,
en fin la vida les cambió radicalmente.
Todos estaban felices hasta que después de un año de casada...
Casilda reúne al padre y a la madre y les dice:
- No aguanto más!!!
Me quiero divorciar.
- Estás loca Casilda??
Tu marido es un hombre buenísimo....te quiere...te respeta
resolvió la vida de todos nosotros y ahora querés patear todo, ¿por qué?
- Pregunta el padre de Casilda.
Mirá papá....a él solamente le gusta tener sexo anal
no me puedo agachar que ahí el viene por atrás y...ñáaacate!!!.
Para que tengas una idea viejo
cuando me casé el agujerito de mi trasero parecía una moneda de 10 centavos
y ahora después de un año parece una moneda de 1 peso
- Y decime nena...
Por 90 guitas vas a hacer tanto quilombo?????????????????????????
domingo, octubre 02, 2005
Montaner, sin boleros
Los artículos de Carlos Alberto Montaner en Enfoques de La Nación no sólo tienen la virtud de ser claros y precisos, también, en gran medida merced a lo anterior, son cortos. El de hoy no es la excepción y destaca una idea fuerza de reminiscencia Foucaultiana, aunque se halle en las antípodas ideológicas: La abolición de la propiedad privada, -proceso en curso en Venezuela-, no responde a motivos económicos, visto que sobran ejemplos de su fracaso como implemento. Más bien es una forma de control político, donde los individuos quedan inermes y se sujetan sin chistar a un gobierno autoritario. La dimensión generadora de libertad de la propiedad privada, frecuentemente es ignorada por quienes sólo la enclaustran dentro de un patrón de eficiencia. La eficiencia es más bien un resultado, mientras la libertad es una condición.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)