jueves, octubre 27, 2005

Actos jurídicos

Acá dejo un apunte propio de Civil I, transcripto de las clases de Diego López Olaciregui. Se los regalo con amor.

Actos jurídicos

Art.944.- Son actos jurídicos los actos voluntarios lícitos, que tengan por fin inmediato, establecer entre las personas relaciones jurídicas, crear, modificar, transferir, conservar o aniquilar derechos.

Sujeto

Se identifica con aquella persona, de la naturaleza que fuere, que concurre a la celebración del acto.
- Parte: es aquella persona a quien le alcanzan los efectos del acto
- Otorgante: es aquel que materialmente otorga el acto

Qué rol ocupa depende del modo de actuación del sujeto.
La parte puede actuar
- En ejercicio de sus propios derechos (en este caso coinciden parte y otorgante)
- En ejercicio de representación: en este caso no coinciden. La parte puede estar impedida de ejercer sus propios derechos. Quedan parte y representante.

Como puede haber un conflicto de intereses, en la donación la ley requiere una representación especial.

Tipos de representación
- Legal imperativa: impuesta por la ley; no hay elección de representación.
o Legal imperativa automática: basta que opere la concepción para que los progenitores comiencen la representación sin manifestación alguna.
o Legal imperativa necesaria: es la de las personas de existencia ideal. Como son una entelequia, no actúan sino por medio de sus representantes.
o Legal imperativa dativa: deviene de la designación que hace un juez de un representante especial. Cuando las representaciones legales automáticas fallecieron o resultan ser manifiestamente inidóneos (no tienen aptitud) o cuando surja una incompatibilidad de intereses entre representante y representado.
§ Total: cuando abarca a todos los actos del menor.
§ Parcial: cuando se refiere a uno o más actos específicos.
§ Permanente: cuando el límite temporal de extensión está dado por el cumplimiento del menor de 21 años.
§ Temporal: cuando la representación encuentra un límite de tiempo determinado o indeterminado.

- Voluntaria: aquel que pudiendo actuar en ejercicio de sus derechos, establece un contrato de mandato en el cual conviene ser representado por otra persona (Representación con mandato).
o Representación sin mandato: una persona actúa en representación de otra en calidad de gestor de negocios ajenos. Necesita siempre de la ratificación. Se traslada al Código procesal C y C, que permite ejecutar en calidad de gestor.


Objeto

Art.953.- El objeto de los actos jurídicos deben ser cosas que estén en el comercio, o que por un motivo especial no se hubiese prohibido que sean objeto de algún acto jurídico, o hechos que no sean imposibles, ilícitos, contrarios a las buenas costumbres o prohibidos por las leyes, o que se opongan a la libertad de las acciones o de la conciencia, o que perjudiquen los derechos de un tercero. Los actos jurídicos que no sean conformes a esta disposición, son nulos como si no tuviesen objeto.

Velez, siguiendo la principio de que todo lo que no está prohibido está permitido, establece qué objetos no son válidos.

- Tienen que ser cosas que estén en el comercio (susceptibles de ser enajenadas). No necesitan autorización especial.
- Cosas que no hayan sido prohibidas.
- Hechos imposibles, ni desde lo jurídico o lo físico
- Hechos ilícitos.
- Hechos contrarios a las buenas costumbres (2 posturas).
o Moral cristiana.
o Expresión mayoritaria de la sociedad.
- Que se opongan a la libertad de las acciones o de conciencia (ej: matrimonio arreglado).
- Que no perjudique a terceros (ej: fraude).

Causa

- Fuente: La que da motivo al acto que genera la obligación.
- Fin: Lo que se tuvo en miras en la celebración del acto.

Domat (doctrina clásica) entiende a la causa exclusivamente como el fin. La fuente no hace al hecho. En los contratos sinalagmáticos hay una contraprestación.
La causa de un acto jurídico gratuito es el animus donandi, la voluntad de donar. Hay que adicionar el motivo que llevó a ese animus donandi.
Los anticausalistas (Planiol) señalaron que la causa no es un elemento esencial del acto jurídico. Es imposible que haya dos causas simultáneamente. Además se confunde la causa con el objeto.
La jurisprudencia ha reconocido plenamente la causa.


Art.499.- No hay obligación sin causa, es decir, sin que sea derivada de uno de los hechos, o de uno de los actos lícitos o ilícitos, de las relaciones de familia, o de las relaciones civiles. (causa fuente)
Art.500.- Aunque la causa no esté expresada en la obligación, se presume que existe, mientras el deudor no pruebe lo contrario. (causa fin)
Art.501.- La obligación será válida aunque la causa expresada en ella sea falsa, si se funda en otra causa verdadera. (causa fin)
Art.502.- La obligación fundada en una causa ilícita, es de ningún efecto. La causa es ilícita, cuando es contraria a las leyes o al orden público. (causa fin)
En el derecho comercial, para un pagaré, la causa es el aseguro del cobro. El ejecutado no puede oponer ninguna excepción respecto de la causa. Eso no significa que la obligación carezca de causa.

Efecto

Los efectos de los actos jurídicos se dan entre las partes (principio general) aquellas que por sí o por representación celebran el acto jurídico. La parte no es el representante, sino por quién está actuando. Hay excepciones: contratos que tienen efectos respecto de terceros, como el seguro de vida (designa beneficiarios). Son terceros los que no forman parte del acto jurídico.

Los actos jurídicos se proponen modificar la realidad jurídica (944). Pueden tener distintas cualidades según sea el propósito.

Art.945.- Los actos jurídicos son positivos o negativos, según que sea necesaria la realización u omisión de un acto, para que un derecho comience o acabe.

- Efectos positivos: Se proponen establecer un derecho creándolo originalmente o reconocer un derecho preexistente poniéndolo de manifiesto frente a la comunidad.
o Constitutivo: es el originario a partir del principio de autonomía de la voluntad que se crea.
o Declarativo: necesita una manifestación de reconocimiento frente a la comunidad (ej: declaratoria de herederos).
- Efectos negativos: Son aquellos que producen la extinción de una relación jurídica sustancial preestablecida. Puede tener alcance
o Total: se extingue la relación
o Parcial: han quedado derechos remanentes (ej: locación y boleta).

- Efectos objetivos: aparecen frente a la comunidad; si bien comprenden a las partes y no afectan directamente a los demás, deben respetarlos.
- Efectos subjetivos: son los que operan exclusivamente sobre las partes del acto, entendiéndose por partes aquellas que contribuyeron a la generación del efecto a través del acto jurídico.
En determinados supuestos, esta oponibilidad a terceros requiere de publicidad. Será mayor en la medida que sea mayor el contenido del acto jurídico. Cuanto mayor sea el acto, el legislador lo rodea de mayores formalismos y exige mayores requisitos.
Los inmuebles se anotan en el registro de la propiedad y a partir de ese momento se hacen oponibles.
En el boleto de compraventa se lleva la seña (o arras). Quien incumple debe indemnizar con un 30%.

- Efectos con relación a sucesores universales
o Mortis cause: ocupan el mismo lugar que tenía que causante, con beneficio de inventario.
o Por actos entre vivos: con la limitación de que el donante reserve del patrimonio una parte del mismo o constituya un usufructo, con el propósito de que pueda subsistir.
- Efectos con relación a sucesores particulares: se refiere a aquellos cuyos efectos se transmiten respecto de Bienes determinados. Su efecto consiste en que en esa sucesión particular, o respecto de determinados bienes, la transmisión se dará en el mismo estado y con el mismo alcance del que era titular el transmitente. Respecto de todas las transmisiones se aplica el principio general nemo plus iuris por el cual nadie puede transmitir un derecho mejor ni más extenso del que tiene. Habitualmente esta doctrina es predicada desde los derechos reales, pero abarca también a los derechos personales.

Interpretación de los negocios

Por el 1137, nos está dado crear nuestra propia ley, con algunas limitaciones.
Interpretar un negocio es desentrañar la voluntad real de las partes, cuando ella no resulte clara de su manifestación o resulte contradictoria (en la redacción debe asignarse un párrafo a cada concepto y no ser reiterativo).
El CC posee una norma interpretativa. Se refiere a los contratos pero se puede extender a todos los actos jurídicos:
Art.1198.- Los contratos deben celebrarse, interpretarse y ejecutarse de buena fe y de acuerdo con lo que verosímilmente las partes entendieron o pudieron entender, obrando con cuidado y previsión.
La interpretación nos remonta a antes de la celebración del acto. La buena fe se aplica también a los actos preparatorios. La interpretación nos retrotrae a la voluntad real de las partes antes de la celebración. Qué es lo que las partes verdaderamente querían.
El código de comercio tiene más reglas interpretativas mediante el artículo 218
Las palabras cuando tengan más de una acepción o sentido, se interpreta en sentido vulgar.
Para la interpretación se aplican los usos y costumbres vigentes a la época de celebración de otros contratos.
Cuando se esté en duda en la validez de una cláusula, se opta por la validez.
Para la interpretación de los contratos deberá atenderse a la conducta de las partes posterior a la celebración. La doctrina comprende a los actos anteriores (doctrina de los actos propios).
Si la interpretación es tan dificultosa, la última regla es el favor debitoris. La interpretación será a favor del deudor, entendiéndose que la deuda no existe.
Los contratos por adhesión o con cláusulas predispuestas habitualmente se utilizan para la comercialización masiva de productos. El proponente redacta el contrato y el aceptante debe aceptarlo o rechazarlo. En los contratos de adhesión se interpreta a favor de la parte débil, y a su vez se va a morigerar la presunción de actuación con previsión, por ser escaso el margen de libertad. Adquiere enorme importancia la interpretación que hace el juez de oficio.

9 comentarios:

Altar dijo...

Poco metal yo, pero Dream Theater me interesa conocer
Muy bueno el apunte, dentro de un par de años me va a servir seguro =P

Unknown dijo...

muy bueno. :) tiene todo. me sirvio. rindo mañana. privado 1 (q es civil1 y comercial1) en la universidad de cordoba. gracias por el aporte

stefania

Anónimo dijo...

je fГ©licite, quel message excellent. http://runfr.com cialis generique 10mg acheter viagra sur internet

Anónimo dijo...

le sujet Incomparable, me plaГ®t beaucoup :) [url=http://runfr.com/acheter-cialis]achat de cialis sur internet[/url] http://runfr.com achat viagra en belgique les gйnйriques du cialis cialis 20

Anónimo dijo...

Excusez que je vous interromps, il y a une proposition d'aller selon une autre voie. probleme ejaculation precoce

Anónimo dijo...

[b]altace 2.5 mg
[/b]
cialis soft tabs
anafranil message board
generic viagra drugs order brand pill
diflucan dosing
amoxil clavulin
paxil and tamoxifen
apri kasindi
amaryl boulet
generic for lexapro
accidental dog amaryl poisoning
clomid and women over forty
antibiotic levaquin side effects
what is flomax
effexor er tablets
accutane side effects
do aleve liquid gels work faster
seroquel deposition
albuterol sulfate inhaler
aricept discontinuation
methotrexate and arava
avandia vs actos
cialis sample
what are side affects of aggrenox
canada medicine inderal buy
albuterol sulfate soln
bactrim ds side effects
drug simliar to allegra d
after arimidex therapy
desyrel used in lupus patients
viagra 100 brand name

[url=http://elavil-side.faramirik.net/zithatorindi.html] fda clinical studies evista [/url]
[url=http://tamiflu-efficacy.bueaga.bij.pl/lours.html] injecting paxil [/url]
[url=http://cymbalta-kid.andanterra.orge.pl/faconel.html] dangerous side effect from premarin [/url]
[url=http://clomid-breast.aragornik.com/lyostithiodr.html] fertility women clomid [/url]
[url=http://kamagra-lovegra.faramirik.net/keesoro.html] what is lozol [/url]
[url=http://definition-of.frodiog.info/zeeri.html] what is norvasc [/url]
[url=http://paxil-26.pirinka.osa.pl/torine.html] discount paxil cr online [/url]
[url=http://buying-online.aragornik.com/redectheedsu.html] tramadol for cats [/url]
[url=http://definition-of.frodiog.info/zlistanenthi.html] cefdinir omnicef reaction [/url]
[url=http://viagra-ireland.kaliziare.name/dryinl.html] how to make viagra [/url]
[url=http://prevacid-and.lamazerro.345.pl/anetwrtty.html] prilosec promethazine [/url]
[url=http://omeprazole-dos.lamazerro.345.pl/thelevasete.html] phenergan nubain injection [/url]
[url=http://amaryl-boulet.pirinka.osa.pl/hanghosh.html] amaryl and actos [/url]
[url=http://risperdal-how.pirinka.osa.pl/xckegupen.html] sarafem and insomnia [/url]
[url=http://relafen-and.pirinka.osa.pl/qurans.html] renagel container [/url]

adalat la
anafranil tofranil nardil
albuterol sulfate syrup
allegra d side effects
actos and weightgain
urge overkill what is artane
premarin 0.3
hotel amaryl berlin
significations of lok adalat
anafranil versus parnate
legal glucophage without prescription
viagra soft tab weblog
sildenafil kamagra
actoplus met issues
paxil for horses
nonspecific urethritis bactrim treatment
bactrim ds for foot infection
anafranil and lithium
anafranil
seroquel be used for anxiety

http://viagra-site.kaliziare.name/index.html viagra soft hard
http://cialis-tadalafil.bueaga.bij.pl/map.html |cialis naion
[url=http://levitra-cialis.pirinka.osa.pl/index.html]cheap viagra without prescription[/url]
http://viagra-cialis.faramirik.net/index.html lowest price viagra
http://zoloft-and.lamazerro.345.pl/index.html paxil anxiety
http://anafranil-and.kaliziare.name/map.html |anafranil and ocd
http://printable-free.frodiog.info/map.html |rockbottom pharmacy viagra
http://relafen-and.pirinka.osa.pl/index.html relafen and tylenol
http://buying-online.aragornik.com/map.html |tramadol liver enzymes
http://acyclovir-alda.lamazerro.345.pl/index.html side effects of cialis

stopping celexa
allegra d overdose
asacol 800
canine proscar
nexium
arcoxia buy
flomax and steroids
accupril beta blocker
can you open aggrenox
buy actos

Anónimo dijo...

C'est simplement incomparable topic cialis 20mg http://runfr.com/tag/20mg cialis 20mg achat cialis generique

Anónimo dijo...

Comment ordonnerez de comprendre ? [url=http://runfr.com/cialis]ou se procurer du cialis sans ordonnance[/url] http://runfr.com/acheter-cialis www.acheter viagra.net achat cialis viagra

Anónimo dijo...

jaja esto me viene genial! pero lo que mas me llamo la atencion fue lo de KTULU ! en fin, años despues de esta entrada,la verdad que me salva!