martes, julio 10, 2007

Para con la merca flaco

Quien escribió esta resolución (pareciera que el inspector general de justicia, Nissen) es posible que se haya merqueado. Vean el cacho de considerando que se manda sin colocar puntuación alguna.
Que si bien, en línea de fundamentos y a diferencia de uno de sus antecedentes – la Resolución General 466/04 de la Comisión Nacional de Valores -, la mencionada resolución de esta INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA se ha inclinado por apartar la consideración - de difícil ponderación práctica - de las razones de urgencia normalmente asociadas a la incorporación inmediata de fondos por vía de los aportes irrevocables y en lugar de ello ha fijado una pauta objetiva consistente en un plazo cierto para que se resuelva acerca de la capitalización de tales aportes, ello no significa que en la normalidad de las cosas tales razones deban existir ni podría excluir su evaluación en aquellos casos en los cuales la naturaleza del aporte que se pretende efectuar – en la especie un establecimiento comercial - requiere de un procedimiento de transmisión a la sociedad cuya duración descarta por sí misma la posibilidad de considerar que se está en presencia de aquellas necesidades de orden inmediato que han dado fundamento fáctico a los aportes irrevocables como mecanismo de excepción y apartamiento sólo temporario de los procedimientos legales de aumento del capital social.


2 comentarios:

Anónimo dijo...

El q hora esta con sobreexeso de papa es Gerardo anda flasheando cosas con esto de la nieve

Saludos , La napia del usucucho

Dieguistico! dijo...

Qué tremendo este Nissen...

Cada día estoy más convencido que, en lugar de las estupideces que agregaron al nuevo plan de abogacía, tendrían que incorporar un curso de "castellano para abogados".